Con la entrada en vigor del Pacto Europeo de Migración y Asilo este viernes, España suspenderá la concesión y renovación de residencia temporal por razones humanitarias, una medida que afecta directamente a colectivos como el venezolano.
Según una nota informativa del Ministerio del Interior publicada este jueves, España dejará de conceder y renovar los permisos de residencia temporal por razones humanitarias, en el marco de la implementación del Pacto Europeo de Migración y Asilo.
Cese de la residencia temporal humanitaria
El Ministerio del Interior señala que, ante la imposibilidad de renovar este tipo de residencia temporal o tramitar la reagrupación familiar, los afectados deberían haber solicitado permisos de trabajo y residencia alternativos.
Desde 2018, el Gobierno de España otorga un permiso especial a los ciudadanos venezolanos debido a la baja tasa de concesión de asilo, una medida que ha facilitado la regularización de aproximadamente 240.000 personas de esta nacionalidad.
España aplicará desde mañana el pacto europeo y establecerá un procedimiento de protección internacional en frontera, con un plazo máximo de resolución de 12 semanas, para los migrantes que llegan en embarcaciones precarias a las costas españolas o sean interceptados en un intento de entrada irregular.
Hasta que se resuelva esa petición de protección internacional, el solicitante no podrá recibir una autorización de entrada al territorio y deberá permanecer en unas instalaciones habilitadas, aunque no privados de libertad.
Además, dentro de este procedimiento, la denegación de la solicitud de asilo conllevará el retorno y se procederá a la denegación de entrada o devolución.
En las peticiones de protección internacional en puestos fronterizos, el Gobierno español asegura haber optado por un enfoque garantista y respetuoso con los derechos de los solicitantes, que tendrán las garantías propias de la normativa española como asistencia jurídica, intervención del alto comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la posibilidad de reexamen.
Se introduce, además, un nuevo procedimiento de examen acelerado en los casos de personas procedentes de un país con una tasa de reconocimiento de protección igual o inferior al 20 % en el conjunto de los países de la Unión Europea.
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