Ya comenzó la campaña especial de divulgación para la declaración y pago del Impuesto Sobre La Renta, ISLR, donde toda persona natural o jurídica debe pagar antes que culmine el plazo establecido que como todos los años es el venidero 31 de marzo.
El licenciado Ricardo Valdivieso, jefe de Tributos Internos Maturín junto al Coronel Hugo Benavides, jefe de la Unidad de Tributos Internos Punta de Mata, fueron invitados al programa «La Verdad Radio TV», a través de Monagas Visión, conducido por Estrella Velandia, en donde despejaron las dudas sobre el pago del Impuesto Sobre La Renta, ISLR.
Valdivieso, explicó que las personas naturales pueden pagar de manera fraccionada, la primera porción dentro de los 3 meses siguientes a la culminación del ejercicio económico del respectivo contribuyente, por lo tanto si el ejercicio culminó el 31/12/2023 tendrá plazo para declarar y pagar hasta el 31-03-2024.
La segunda porción 20 días después del pago de la primera porción, hasta el 20/04/2024. El retraso de esta porción hace exigible de inmediato el pago de la tercera y la tercera porción 20 días después del pago de la segunda porción, hasta el 10/05/2024.
Por otro lado enfatizó, que las personas jurídicas deben hacer un solo pago conjuntamente con su declaración, ya que no tienen la opción de pagar en porciones.
Pagos a tiempo
En el caso de las Personas Naturales que obtengan sueldos, salarios y demás remuneraciones bajo relación de dependencia, la Declaración debe incluir todos los pagos que efectivamente haya cobrado durante el año a declarar, indistintamente de su incidencia salarial, es decir, por aquellas remuneraciones que devengan de forma regular o accidental.
Con respecto a las horas extras, utilidades, bonos vacacionales, entre otros, Valdivieso aclaró que forman parte del salario normal.
El bono de alimentación no entra dentro de los pagos a declarar.
Con facilidad: Paga el ISLR en línea
Hugo Benavides comentó la opción más fácil para los contribuyentes que es acceder al portal del Seniat www.seniat.gob.ve, en donde se encuentra desplegado un instructivo completo que guía en el llenado y presentación de la declaración.
«Para ello, no es necesario acudir a un gestor, la idea es que cada quien haga su declaración de impuestos de una manera sencilla y sin pérdida de tiempo».
Si por casualidad, se interrumpe la declaración, la información quedará guardada siempre que el usuario haya tenido el cuidado de guardar y continuar en cada pantalla, de lo contrario deberá iniciar el proceso de nuevo, desde el comienzo.
De igual modo, si el usuario tiene alguna duda, puede acudir a las oficinas de Maturín, al final del Paseo Aeróbico y en la avenida Bolívar de Punta de Mata, donde gustosamente los operadores le orientarán.
También en caso de problemas con su clave o usuario, así como la actualización del RIF, los trabajadores del Seniat Maturín están prestos para ayudarles.
Para información puntual
Portal SENIAT:
www.seniat.gob.ve
Línea telefónica:
0-8000SENIAT (0-8000-736428)
Correo electrónico:
asiste@seniat.gob.ve
Personalmente:
En cualquiera de nuestras sedes
@jdavidcabello
@seniat_oficial
Seniat_oficial
Sanciones
Un contribuyente en caso de omitir el pago del ISLR, en el término de un (1) año, será sancionado con una multa por omisión de pago, de 0,28% del monto adeudado por cada día de retraso hasta un máximo de 100%, sumándole los intereses moratorios que esta infracción genera.
Un contribuyente en caso de omitir el pago del ISLR, fuera término de un (1) año, será sancionado con una multa adicional a la anterior, de 50% del monto adeudado.
En el caso de que no presentar las declaraciones, obliga a aplicar el cierre del local o establecimiento por 10 días y multa equivalente a 150 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor (El Euro), publicado por el Banco Central de Venezuela.
Un contribuyente en caso de omitir ingresos en la Declaración y pago del ISLR será sancionado, con multa de 100% hasta el 300% del monto del tributo omitido.
Otra sanción aplica en las Declaraciones incompletas o con un retraso inferior o igual a un (1) año Multa de 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela.
Asimismo, cuando hay más de una declaración sustitutiva o la primera sustitutiva, con una multa de 50 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, en este caso el Euro, publicado por el Banco Central de Venezuela.
Si el ciudadano no pagó el ISLR, fuera del término de un año, será sancionado con una multa adicional a la anterior, de 50% del monto adeudado.
Los funcionarios coincidieron en señalar que lejos de ser una especie de Tribunal de inquisición, son un ente que vela por el cumplimiento de las leyes establecidas y de igual modo, administran los recursos que deben ser reinvertidos en una mayor calidad de vida para los ciudadanos, siendo el destino final de la recaudación.
Conceptos básicos
Unidad Tributaria: Elemento técnico establecido en el Código Orgánico Tributario, COT, para actualizar y corregir anualmente las bases de cálculo incorporadas en las leyes fiscales, con el objeto de evitar su obsolescencia sin necesidad del trámite legislativo de modificación de las normas. La UT permanece en Bs. 9,00.
Relación de Ingreso Anual (ARC): Es el documento indispensable para realizar la Declaración de ISLR.
Rebajas: Constituye el monto que por determinados conceptos, la ley especial tributaria permite a los contribuyentes disminuir de la cantidad total a pagar por concepto de tributo.
Para concluir, ambos funcionarios hicieron un llamado a las personas a declarar y pagar a tiempo el impuesto y no dejar todo para última hora, antes del 31 de marzo, fecha en que culmina el ejercicio económico.
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