El Banco de Venezuela pone a la orden de sus clientes los microfinanciamientos o microcréditos una gran herramienta económica para la producción y comercialización de bienes o servicios.
Tabla de contenidos
Este financiamiento será pagado por los clientes producto de los ingresos generados por dichas actividades.
¿Qué establece la normativa de estos microfinanciamientos?
El financiamiento esta sujeto a la capacidad de pago y que el plazo de acuerdo a evaluación amparada en la normativa legal vigente y las políticas internas del Banco de Venezuela.
- Las cuotas contentivas de capital e intereses expresadas en UVC, dichas cuotas a ser pagados en bolívares serán el resultado de multiplicar la posición deudora en UVC por el valor del IDI a dicha fecha, siempre y cuando el IDI de la fecha de pago de la cuota sea mayor o igual al IDI de la fecha de la liquidación del crédito.
- Esta debe ser inferior el IDI en la fecha de pago de la cuota, se calculará en base al IDI de la fecha de la liquidación del crédito de conformidad con lo previsto en la Resolución emanada por el Banco Central de Venezuela N° 22-03-01 de fecha 17 de marzo de 2022 publicada en Gaceta Oficial No. 42.341 de fecha 21 de marzo de 2022.
Requisitos para los microfinanciamientos
- Poseer una cuenta corriente activa con el Banco de Venezuela
- Conoce los recaudos. Dale clic a este enlace Microcrédito
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