¡Saren elimina traspaso de vehículos! El Servicio de Autónomo de Registros y Notarías emitió una circular que solo se permitirá la venta y el otorgamiento de poderes, únicamente cuando el Certificado de Registro de Vehículo esté a nombre del vendedor, con la finalidad de acabar con la comercialización de vehículos usados a través de la figura del trámite denominado traspaso.
La medida comenzó a regir a partir del 9 de enero con el objetivo de eliminar la práctica del simple traspaso de vehículos, que anteriormente se podía realizar hasta en dos ocasiones.
“Solo tendrán validez aquellos que fueron otorgados por la persona en el Certificado de Registro del vehículo. No se puede otorgar poder alguno sobre el vehículo si el certificado no está nombre del otorgante”, menciona la circular.
En contraste, el comunicado indica que el comprador tiene un plazo de 30 días para realizar el traspaso del vehículo a su nombre; de lo contrario, se le impondrá una multa equivalente a tres unidades tributarias.
Saren elimina traspaso de vehículos
Asimismo, el Saren exhortó a las personas a tramitar el documento de compra-venta en la notaría, para luego solicitar ante el INTT el Certificado de Registro de Vehículo a nombre del nuevo titular del carro a través del portal INTT.GOB.VE. En casos excepcionales como que el dueño del carro no se encuentre en el país debe enviar un poder notariado, y si el titular falleció serán los herederos quienes firmen con la declaración sucesoral emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).
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