Hacer algunas modificaciones a tu vehículo no están demás y son legales siempre que no perturben la conducción del propietario o la vista de otro conductor. Así que revisa la lista del INTT antes de hacerlo, porque podrías ser multado.
El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), ha establecido ciertas prohibiciones en los cambios que se le puedan hacer a un carro mas allá de lo permitido que es accesorios, pintura o detalles de carrocería.
El INTT establece lo siguiente ante las modificaciones a tu vehículo:
- El artículo 169, numeral 21, de la Ley de Transporte Terrestre estipula que las personas no pueden
modificar las estructuras de sus automotores sin autorización. - Solo el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) está en la disposición de autorizar ciertas
modificaciones como el color del auto, debido a que esto va en la documentación de dicho bien
material. - Otra restriccion es que cualquier “tuneada” queda prohibida si pone en riesgo la vida de la ciudadanía.
Cabe destacar que el INTT cuenta con el personal capacitado para practicar una revisión técnica, mecánica y física de los vehículos que permitan garantizar el buen estado de funcionamiento y las características de las unidades del parque automotor existente.
Al ser infringida la normativa serán sancionados con 5 U.T.
Lista del INTT para las modificaciones
El artículo 50 del reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre destaca que las placas identificadoras:
- Las placas no deben estar ocultas, ni ser impedida su visibilidad con objetos de carácter adorno un otro tipo.
- No pueden adherirse o colocar inscripciones, dibujos o marcas en este preciso
- lugar.
- Los accesorios anti espías para placas, a pesar de que pudieran ser usados para protección de la placa, el mismo no debe impedir la visibilidad de la nomenclatura. Esta medida se debe a que dificulta la vista de los oficiales para identificar la matricula en caso de una inspección.
- Dentro de las otros cambios que serán objeto de multa al no ser notificados y avalados por el ente regulador están: las alteraciones a las características originales de fábrica de los vehículos, como cambios en la suspensión, motor, chasis y carrocería, entre otros.
- De igual manera esta prohibido el uso de luces de emergencia en vehículos que no sean ambulancias y patrullas de la policía.
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