La Alcaldía de Maturín inició las consultas respectivas con la finalidad de proceder a aumentar la tarifa del pasaje estudiantil que se cobra en las rutas que prestan el servicio de transporte urbano en la entidad.
Con ese propósito este miércoles se efectúo la primera mesa de trabajo entre las autoridades municipales y los representantes estudiantiles de las universidades, a fin de cumplir con el incremento establecido en la Gaceta Oficial 42.713.
Precisamente, la alcaldesa de Maturín, Ana Fuentes, dictó los lineamientos a los funcionarios del área , pues está previsto que en los próximos días se haga la actualización de la tarifa del pasaje estudiantil.
Tarifa del Pasaje Estudiantil: Al pagar deben presentar carnet
Al encuentro acudieron por la alcaldía, el jefe de Transporte Público, José Maza y el director general del Sindicato Nacional de Transporte de Venezuela, Frank Centeno.
Por los estudiantes se encontraban representantes de las universidades Simón Rodríguez, Rómulo Gallegos UNES, de las Ciencias de la Salud Hugo Chávez Frías, UDO, Universidad Bolivariana de Venezuela, entre otras.
José Maza explicó que en los próximos días se actualizará la tarifa del pasaje estudiantil y por ello, para hacerlo están evaluando las propuestas de la Federación Venezolana de Estudiantes Universitarios (FVEU).
El Jefe de Transporte Público adelantó que cada estudiante universitario deberá presentar al momento de pagar, el carnet avalado por la Federación, «lo cual permitirá garantizar el orden y la paz».
Gaceta Oficial Nro. 42.713
La Gaceta Oficial No. 42.713, tiene fecha de publicación el 13 de octubre de 2023, en su encabezado reza Ministerio del Poder Popular para el Transporte, donde se establece lo siguiente:
Exhorto Oficial mediante el cual se establece la tarifa mínima del pasaje urbano en nueve Bolívares (Bs. 9,00) y el pasaje máximo urbano será de diez Bolívares (Bs. 10,00). En el caso de las operadoras estadales de transporte el pasaje mínimo urbano será de cinco Bolívares (Bs. 5,00).
Resolución mediante la cual se establece la Tarifa Máxima Oficial para las Rutas Suburbanas a Nivel Nacional, a ser cobradas por los prestadores del servicio público de transporte terrestre de pasajeras y pasajeros, respectivamente, como en ella se señala.
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