En su sesión ordinaria de este martes 18 de julio, la Asamblea Nacional (AN) sancionó la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios, que tiene como objetivo establecer los principios, parámetros, tipos impositivos y alícuotas aplicables.
ByN destacó que entre las bondades de esta ley destacan las rebajas de al menos 30 %, en el impuesto sobre actividades económicas industriales, comerciales, servicios y, de índole similar, a los contribuyentes que desarrollen actividades permanentes de saneamiento, mantenimiento o mejoras en espacios del municipio, entre otros casos.
También establece la vigencia mínima de 3 años a las licencias o autorizaciones para el ejercicio de las actividades económicas industriales, comerciales, servicios y de índole similar. La renovación procederá de manera automática cumpliendo lo que establece la norma en ese sentido.
El presidente del Parlamento Nacional, diputado Jorge Rodríguez (PSUV/Nacional), indicó que el nuevo instrumento legal tiene como virtud disminuir la cantidad de impuestos que pagarán los habitantes en los 335 municipios de Venezuela.
“Viene a poner orden para proteger al ciudadano de a pie, al joven que inicia un emprendimiento, a los comerciantes, empresarios y alcaldes”, dijo.
Rodríguez exhortó a los diputados a entregar al Poder Popular el nuevo texto legal para que sea debatido, conocido e instrumentado por los alcaldes y gobernadores y no se creen falsas noticias, mentiras y manipulaciones.
«Equilibrio macroeconómico»
Por su parte, el vicepresidente de la Comisión de Economía, Finanzas y Desarrollo Nacional, diputado Nicolás Maduro Guerra (PSUV), informó que la norma viene a generar el equilibrio macroeconómico.
Este equilibrio es necesario para seguir impulsando el país hacia la victoria próspera “que hemos enrumbado gracias al timonel del presidente Nicolás Maduro Moros», subrayó.
Indicó que la ley está acompañada de un plan inmediato de aplicación, coordinado con el Ejecutivo Nacional, que permitirá generar más confianza al inversionista nacional e internacional, «vamos a tener un poco más de orden en los impuestos municipales y regionales», recalcó Maduro Guerra.
El parlamentario oficialista citó como ejemplo el artículo 157, numeral 13, que faculta a legislar en la armonización de los impuestos estatales y municipales; y el artículo 187 numerales 1 y 6 que autoriza al Poder Legislativo a seguir legislando en favor de la economía del pueblo venezolano, lo que calificó como una victoria.
Detalles fundamentales de la Ley de Armonización Tributaria
En el texto se establece que la alícuota del impuesto municipal a la actividad económica industrial, comercial, servicio o de índole similar no podrá ser superior a un 3% de los ingresos brutos obtenidos.
Igualmente, el mínimo tributario anual para este impuesto no podrá ser superior al equivalente en bolívares de 240 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).
Excepcionalmente, la alícuota municipal de industria, comercio, servicio o de índole similar será de hasta 6.5% de los ingresos brutos obtenidos en los siguientes ramos: explotación de minas y canteras, servicio e industria petrolera, servicios de publicidad, venta de bebidas alcohólicas, entre otras.
Maduro Guerra detalló que se creará el Consejo Superior de Armonización Tributaria, instancia de participación y consulta para el desarrollo de las políticas orientadas a la armonización y coordinación del ejercicio de las potestades tributarias de los estados y municipios.
Resaltó que el nuevo instrumento jurídico establece que el Consejo Superior de Armonización Tributaria estará integrado por la ministra o ministro con competencia en materia de economía y finanzas, quien lo presidirá.
También lo integrará la máxima autoridad del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, tres gobernadores y tres alcaldes.
Se establece entre las atribuciones del Consejo Superior de Armonización Tributaria dar opinión, a solicitud del Ejecutivo Nacional, en relación con las medidas para la armonización y coordinación del ejercicio de las potestades tributarias de los estados y municipios.
Además, puede proponer medidas que permitan favorecer la optimización y eficiencia de los procesos tributarios estadales y municipales y reducir la evasión fiscal.
Entre las atribuciones del ministerio con competencia en materia de economía y finanzas figura el dictar actos que resulten necesarios para implementar las disposiciones de esta ley y convocar al Consejo Superior de Armonización Tributaria cuando existan razones que lo justifiquen.
Con información de ByN
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