El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) en un instructivo publicado en su página web, indicó que los comerciantes deberán declarar el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) quincenalmente.
Cabe destacar que la alícuota es de 2% para quienes realicen los pagos en bolívares y de 3% para quienes lo hagan en moneda extranjera, criptomonedas o criptoactivos y la declaración de este tributo podrán realizarlo a través del portal del Seniat.
La manera de hacerlo es que al los contribuyentes entrar en el portal, deberán visualizar la sección de Tributos, ingresar y luego hacer clic en Servicios de Declaración.
En el instructivo se detalló que esta declaración estará sujeta al calendario de Retenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y que el usuario podrá generar una declaración originaria y hasta seis complementarias. Una vez que sea registrada la declaración de forma definitiva, el sistema indica el monto a pagar y ofrecerá el respectivo compromiso de pago.
¡Ojo! 75% de los comerciantes no puede cobrar el IGTF
El Consejo Nacional del Comercio y los Servicios (Consecomercio) realizó un balance sobre el impacto del IGTF y detalló que solo 25% del sector cumple con el cobro de este tributo, la razón, es que todavía no se actualizan las máquinas fiscales y a la desinformación que existe sobre el tema.
“75% de las empresas encuestadas nos informaron que no están en capacidad de recibir pagos en divisas. No se termina de completar el proceso de adaptar sus sistemas al nuevo impuesto”, señaló la presidenta de la organización, Tiziana Polesel.
Destacó que gran parte de las empresas manifestaron que no pudieron actualizar sus sistemas. Las maquinas fiscales no están en capacidad de configurarse para cobrar este impuesto y que aparezca reflejado tal como lo señala la disposición.
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