José Manuel Romano dirigente nacional de SPV informó que están trabajando en las propuestas de reforma a las leyes electorales.

Soluciones para Venezuela propones una reforma de las leyes electorales.
Este jueves, 7 de noviembre el director político nacional de Soluciones para Venezuela (SPV), José Manuel Romano informó que presentaron tres propuestas fundamentales ante la comisión de la mesa legislativa de la Asamblea Nacional, en relación con la propuesta de reforma a las leyes electorales.
En tal sentido, comentó que están planteando estas propuestas haciendo énfasis en la representación proporcional, la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en los artículos 63 y 293 establece como un derecho político y como una garantía, el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional, sin embargo, la Ley Orgánica de Procesos Electorales en el artículo 8 crea en contradicción con la Constitución un sistema electoral paralelo, que privilegia una sobre representación de las mayorías y una subrepresentación del electorado.
«Hemos planteado a la mesa legislativa que se desarrolle el principio constitucional de la representación proporcional, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución, de acuerdo a dos principios fundamentales, el de la supremacía constitucional consagrado en el artículo 7, denunciamos la inconstitucionalidad del artículo 8 de la Ley Orgánica de Procesos electorales y estamos proponiendo como planteamiento para la reforma que ese artículo se titule de la representación proporcional y se desarrolle de tal forma que la elección uninominal incida en el voto lista.
Señaló que si un partido obtiene el favor popular en los procesos electorales, ese partido que ganó el circuito sea descontado del primer cociente de la lista y haya lugar según el número de votos obtenidos por cada partido político para los cuerpos deliberantes, en proporción a esos votos estén representados por los órganos deliberantes en los tres niveles del Poder Público.
«El Poder Legislativo representado por la Asamblea Nacional, el Poder Legislativo estadal representado por los Consejos legislativos y el Poder Legislativo municipal, representado por los Concejos municipales, esa es nuestra primera y fundamental propuesta ante la mesa legislativa, el día lunes consignamos ante la Secretaría la proposición formal de la redacción del artículo 8», añadió.
Asimismo, Romano destacó que el segundo planteamiento requiere una reforma a la Constitución, ya que demanda el sistema de financiamiento de las organizaciones con fines políticos con fondos del Estado. El artículo 77 en uno de sus párrafos preceptúa que no se permitirá el financiamiento de las organizaciones con fines políticos con fondos provenientes del estado. Sin embargi, consideramos que estos deben ser financiados con fondos del estado, hecho que se fundamenta en la transparencia.
«Eso da lugar a que al recibir financiamiento del estado estaríamos sometidos al control fiscal por parte de la Contraloría General de la República, al control político por parte de la Asamblea Nacional que tiene una función contralora desde ese punto de vista, no como ocurre en la actualidad que hay partidos que se financian con fuentes provenientes del extranjero o de procedencia dudosa que no son auditables, ya que no están obligados a rendir cuentas de sus fondos, sino solo del financiamiento de las campañas electorales», afirmó.
Indicó que esto propone que según el número de votos por representante que tenga cada partido será el porcentaje de asignación de financiamiento que el estado le otorgará.
Para finalizar detalló que la tercera propuesta es referente al Registro Electoral permanente que en la Ley Orgánica de Procesos electorales, está definido como la base de ciudadanos y ciudadanas que tienen derecho a participar en los procesos electorales y el articulo 28 define cuáles son los principios del Registro electoral, actualmente la ley señala que debe ser permanente, confiable y basado en la eficacia administrativa.
«Estamos solicitando que se incluya como un principio el de la auditabilidad, de tal manera que se produzca la auditoria permanente del Registro, además de la transparencia que las personas merecen y que la ley tiene que garantizar que su voto se materialice y con que esa base de electores corresponda a la representación real de los ciudadanos que tienen derecho a participar en dicho proceso», agregó.
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Esta entrada ha sido publicada el 7 de noviembre de 2024 4:11 PM
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