TSJ afirma que los principios que inspiran ese instrumento normativo son la legalidad.

Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), presidida por la magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, mediante sentencia N° 0956-2023, dictada en ponencia conjunta, declaró la constitucionalidad del carácter orgánico de la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios, sancionada por la Asamblea Nacional en Sesión Ordinaria del 18 de julio de 2023.
Indica la decisión que la referida ley tiene por finalidad: 1. Promover el desarrollo armónico de la economía nacional, con miras a elevar la calidad de vida de la población, generar fuentes de trabajo, crear alto valor agregado nacional y fortalecer la soberanía económica. 2. Favorecer la optimización y eficiencia de los procesos tributarios estadales y municipales y reducir la evasión y elusión fiscal. 3. Procurar la justa distribución de las cargas públicas, según la capacidad económica de la persona contribuyente. 4. Generar certeza y seguridad jurídica sobre los procedimientos tributarios y cargas fiscales aplicables en el territorio nacional.
Al respecto, la Sala afirma que los principios que inspiran ese instrumento normativo son la legalidad, justicia, equidad, integridad territorial, coordinación, armonización, cooperación, solidaridad, concurrencia, corresponsabilidad, progresividad, generalidad, buena fe, productividad, capacidad contributiva, no retroactividad, no confiscación, eficiencia, eficacia, celeridad, transparencia, simplicidad y seguridad jurídica.
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