Las sanciones para los que incumplan con la normativa en Cedeño son la suspensión de la licencia de actividades económicas, cierre temporal o definitivo del establecimiento.
Los comerciantes del municipio Cedeño deben ponerse al día con el pago de sus impuestos municipales antes del 31 de enero para evitar sanciones.
Así lo dio a conocer Érika Figuera, directora de Hacienda Municipal, quien además detalló que todas las personas jurídicas y naturales que desarrollen actividad económica, de industria, comercio, servicios o de cuál otra índole tiene que cumplir con dicha obligación.
Resaltó que dicha recaudación corresponde al IV trimestre del año 2022 y esos recursos permiten a la Municipalidad realizar obras para el beneficio de los cedeñenses.
«Estamos fortaleciendo las potestades legales de la administración tributaria municipal para aumentar los niveles de conciencia tributaria en el municipio, con miras hacia su sostenibilidad económica», dijo.
Figuera destacó que las sanciones para los que incumplan con la normativa son la suspensión de la licencia de actividades económicas, cierre temporal o definitivo del establecimiento o multas.
«De acuerdo a la nueva Ordenanza General de Procedimientos Tributarios del Municipio Cedeño, la administración tributaria municipal tiene la potestad para realizar embargo de bienes o derechos del deudor», advirtió.
La directora de Hacienda Municipal explicó que cada local comercial debe pagar su porcentaje de acuerdo a la actividad económica que ejerza -según el clasificador único de actividades económicas del municipio Cedeño- y que aplica para todos, incluyendo a los vendedores informales y eventuales.
«Para determinar cuánto debe pagar un contribuyente primero debe declarar bajo juramento los ingresos brutos que obtuvo en el período fiscal que corresponda. en En su mayoría, nuestros contribuyentes saben cuál es el mecanismo de cálculo de sus impuestos municipales, ya que les hemos notificado y enviado las ordenanzas tributarias vigentes relacionadas a los impuestos municipales», explicó.
Con referencia a los emprendedores, indicó que gozan de una exoneración por dos años continuos desde la realización de su registro.
«Con los emprendedores hay una excepción con el fin de que durante esos dos años puedan realizar todos los tramites respectivos para formalizar su condición y convertirse en empresario. Esto no aplica para el pago de los servicios públicos», detalló.
En cuanto a las bodegas, añadió que deben pagar de la misma manera que un abasto o supermercado, pero en su proporción; todo dependerá de sus ingresos.
«Tenemos bodegas que responsablemente cada trimestre pagan sus impuestos municipales», puntualizó.
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