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Legisladores de VP rechazan Ley de Potestades Tributarias

Machado alega que el proyecto es inconstitucional

Legisladores regionales de Voluntad Popular rechazaron este martes el Proyecto de Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los estados y municipios, con el cual se pretende centralizar aún más el poder y agudizar el control político.

Luis Machado, diputado del Consejo Legislativo del estado Monagas (Clsem), afirmó que el instrumento legal es inconstitucional.

“Las atribuciones del Consejo Superior de Armonización Tributaria violan la autonomía de los estados y municipios con el simple hecho de su creación, debido a que la Ley Orgánica de los Consejos Legislativos, en su artículo 15, numeral 3, define, que corresponde a los Consejos Legislativos de los estados sancionar la Ley Orgánica de Hacienda Pública estadal, conforme a los principios del régimen presupuestario y sistema tributario, establecidos en la Constitución y en la ley, en cuanto sean aplicables”, detalló.

Viola la Constitución

Sostuvo, que bajo ningún concepto se establece que los estados y municipios recibirán directrices ni se subordinarán a un órgano de facto creado para imponer una política de Hacienda Pública a los municipios y estados. “Algo que es absolutamente violatorio de la Constitución y del principio de descentralización del Estado Federal de nuestra República”, explicó.

Machado alentó a los dirigentes locales a movilizarse en rechazo a este proyecto de Ley inconstitucional. “Esta ley, no solo va contra los alcaldes de la Unidad, sino en tu contra, alcalde del Psuv. Maduro quiere asegurarse de tener el control completo de ustedes porque esta Ley es un mecanismo de presión política para asfixiar a sus alcaldes disidentes frente a una campaña presidencial que saben no van a ganar”, expresó.

Por su parte, Anabel Artigas, concejal del municipio Maturín, precisó, que el artículo 168 de la Carta Magna establece que los municipios de Venezuela son autónomos para la creación, recaudación e inversión de sus ingresos.

“En el artículo 164 se lee que es competencia de los estados la organización, recaudación, control y administración de los ramos tributarios propios y de la creación, organización, recaudación, control y armonización del papel sellado timbres y estampillas”, indicó.

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Esta entrada ha sido publicada el 29 de septiembre de 2022 2:34 PM

Lisbeth Martínez

Licenciada en Comunicación Social, egresada de la Universidad Bolivariana de Venezuela.

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