
Repetirán elecciones en Barinas el 09 de enero
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró de mero derecho la resolución de la acción de amparo constitucional interpuesta con solicitud de medida cautelar, dictada por la Contraloría General de la República, mediante la cual resolvió inhabilitar para el ejercicio de cualquier cargo público al ciudadano Freddy Superlano, candidato por la organización de la Mesa de la Unidad Democrática.
Asimismo la sentencia 79-2021 del TSJ ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE) convocar para el día 09 de enero de 2022, las elecciones de Gobernador o Gobernadora del estado Barinas, garantizando condiciones de igualdad en la participación de los sujetos con derecho al sufragio en la entidad federal.
Indica el fallo que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta, que se deja sin efecto todos los procedimientos y actos celebrados conforme al Cronograma Electoral, en el proceso realizado en el estado Barinas, en lo que respecta a la elección del cargo de Gobernador o Gobernadora de dicha entidad, en fecha 21 de noviembre de 2021, a partir de la presentación de las postulaciones, inclusive, para garantizar los derechos colectivos de los ciudadanos y ciudadanas de la entidad territorial.
Agrega la decisión que se ordena la realización de un nuevo proceso electoral en Barinas para la elección del cargo de Gobernador o Gobernadora, a los fines de garantizar el derecho a la participación activa y pasiva de quienes acudieron al evento electoral para elegir a la Gobernadora o Gobernador, sin menoscabo de que aún cuando las proyecciones consignadas por el CNE, dan un porcentaje de votos a favor del candidato Freddy Superlano, del 37,60 % con respecto al 37,21 % de votos obtenidos por el candidato Argenis Chávez.
Por tal motivo se considera que la condición de inelegibilidad de Superlano, ya identificado, conforme a la Resolución N° 01-00-000334 de fecha 17 de agosto de 2021 dictada por la Contraloría General de la República, violenta los principios de igualdad, equidad y transparencia en la participación de los candidatos y las candidatas en la oferta electoral, así como de los electores y electoras.
Finalmente, se ordenó notificar del presente fallo al Consejo Nacional Electoral, a la Contraloría General de la República, a la Fiscalía General de la República y al Presidente del Consejo Legislativo del estado Barinas, a los fines legales conducentes.
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Esta entrada ha sido publicada el 30 de noviembre de 2021 11:53 AM
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